El Gobierno francés ha presentado un proyecto de ley por el cual se podría cortar la conexión a Internet de los usuarios que se descarguen archivos “ilegalmente”. El corte tendría una duración de entre 3 meses y un año y puede ser retirada si el internauta pagara una multa.
Esta ley podría ser copiada por países como el Reino Unido, Suecia y Bélgica. Aunque, de momento, en España la cosa es distinta.
Y es que es el dilema de siempre: ¿es un delito bajarse música o películas de Internet? Pues, según muchos abogados, NO. Para que sea ilegal debe haber ánimo de lucro. Esta es la explicación :
Para que una acción, que afecte a los derechos de autor, sea perseguible según el Código Penal deben darse las
circunstancias previstas en el artículo 270 del mismo: reproducción, plagio, distribución o comunicación pública de una obra, en todo o en parte, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero.
Un usuario de Internet que desde su domicilio intercambia obras protegidas por la Ley de Propiedad Intelectual no comete delito alguno si dicha conducta se realiza sin ánimo de lucro, concepto éste que según la Circular 1/2006 de la Fiscalía General del Estado “no puede tener una interpretación amplia o extensiva, sino que debe ser interpretado en el sentido estricto de lucro comercial”.
Aún así, siempre se ha tratado de dar mucho bombo y publicidad a operaciones policiales contra las descargas en la Red, aunque en realidad eran acciones contra portales de enlaces P2P y no contra particulares, a los que se les imputa ánimo de lucro comercial, pero que de momento en ningún caso han llegado todavía a sentencia firme.
Y es que: compartir es bueno.
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Pues desde hoy entra en vigor el nuevo canon. Aún así, seguirán llamándonos ladrones..
http://www.neomanox.com/blog/2008/06/20/con-ustedes-el-nuevo.....n-digital/
Manu
20-Junio-2008, 9:27